¿Desde qué monto ARCA podrá denunciar a un contribuyente por evasión si se aprueba la ley de Inocencia Fiscal?
El proyecto de Inocencia Fiscal, que está siendo debatido en el Senado de la Nación y ya obtuvo media sanción en Diputados, propone modificaciones profundas al Régimen Penal Tributario y redefine los montos a partir de los cuales la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) podrá denunciar penalmente a un contribuyente por evasión impositiva.
Según el articulado de la iniciativa, la evasión simple —es decir, la omisión de impuestos sin agravantes— dejaría de ser delito penal por montos bajos, y solo podría ser denunciada penalmente cuando el monto evadido supere los $100 millones, elevando notablemente el umbral actual.
La propuesta también actualiza los valores para la evasión agravada, que implica circunstancias más complejas o fraudulentas. En esos casos, el piso mínimo para que exista una denuncia penal se ubicaría en torno a los $1.000 millones, muy por encima de los aproximadamente $15 millones vigentes hasta ahora.
El proyecto contempla que ciertas situaciones con agravantes —como el uso de personas físicas, jurídicas o estructuras legales para ocultar al verdadero responsable, o la utilización de facturas o documentos falsos— también modifiquen los umbrales. Por ejemplo, en algunos escenarios con estructuras complejas el monto mínimo se fijaría alrededor de los $200 millones o $100 millones cuando se emplean documentos falsos.
Esta iniciativa busca concentrar las acciones penales de ARCA en maniobras de mayor envergadura y complejidad, mientras que las infracciones por montos menores quedarían sujetas a sanciones administrativas —como multas y recargos— en lugar de consecuencias penales.
El proyecto incluye, además, ajustes en otros aspectos del régimen fiscal, como la reducción de los plazos de prescripción y cambios en la forma en que se aplican sanciones, aunque estos temas forman parte de un debate más amplio sobre el enfoque del Gobierno hacia la gestión tributaria.
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